Donar una vivienda a un hijo, ¿qué necesitas saber?

Nov. 5, 2021
Marketing InmoGestión



¿Sabes todo lo que tienes que hacer para donar una vivienda a un hijo? En este artículo te contamos todo lo necesario, desde recomendaciones hasta los pasos a tomar para dejar la propiedad en manos de nuestros descendientes.

La vivienda, un valor seguro

Las cifras indican que España es un país de propietarios y los ciudadanos del país prefieren comprar una vivienda a alquilarla.

No en vano, ocho de cada diez españoles priorizan la opción de comprar a alquilar.

Eso no quita que el mercado de arrendamiento de viviendas está en uno de sus mejores momentos, las razones para afirmar esto son varias.

El primer motivo es el aumento de la morosidad en el impago de alquiler, y el segundo es la existencia de una burbuja en el mercado de alquiler.

Esta burbuja infla los precios en el alquiler de las viviendas y es un indicador de que la vivienda es un valor seguro, y más en tiempos de crisis.

Por estos motivos, muchas familias propietarias desean donar sus viviendas a sus descendientes para dejarles en una buena situación económica cuando ellos no estén.

Si quieres saber cuáles son las recomendaciones más importantes en este proceso, así como los pasos a realizar, a continuación, te los contamos todos.

Donar una vivienda a un hijo, ¿qué debes saber?

¿Qué es mejor donar o dejar en herencia? Depende, esta situación varía en función de varios factores como el número de hijos e hijas en la familia, el precio del proceso o la Comunidad Autónoma donde se reside.

Todo ello hace que nos planteemos cuál es la mejor opción para nuestros vástagos. Para empezar, vamos a definir qué es una donación de una propiedad:

“El Código Civil establece en el artículo 618 que la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.”

En otras palabras, es imprescindible que el donatario acepte este regalo para que la propiedad se produzca a afectos legales.

Por otro lado, la donación puede ser parcial o total de todos los bienes presentes del donante, que no los futuros, siempre que se garantice que el donante se reserve aquellos bienes que le permitan vivir en una situación correspondiente a sus circunstancias actuales.

Sin embargo, el artículo 634 del Código Civil también indica que esta situación no impide que ninguno (ni donante ni donatario) podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento.

Diferencias entre una donación y una herencia

Aunque una donación y una herencia se parecen, en realidad, no lo son tanto.

Por ejemplo, la herencia se puede hacer multitud de veces en vida, la donación de un mismo inmueble, en cambio, no.

Esto se debe a que un bien, en este caso, una propiedad donada es el traspaso de un patrimonio en vida.

En cambio, una herencia es una transmisión en muerte tanto de bienes como de deudas, es decir, se transmiten los derechos y las obligaciones.

Una herencia se puede cambiar tantas veces como se quiera y la válida siempre será la más actual antes del fallecimiento. Sin embargo, la donación se produce en vida y no es obligatorio esperar al fallecimiento.

En otras palabras, una donación es la cesión en vida del patrimonio personal, por ejemplo, un piso. Y la herencia es la redacción de un testamento a favor de los herederos.

De esta forma, el sucesor o vástago que recibe una propiedad en donación lo debe declarar como tal y pagar lo correspondiente en impuestos.

En el caso de la herencia los herederos pueden recibir un piso en propiedad, pero deben hacer frente a las cargas legales y económicas que pudiera tener o no ese piso (hipoteca, deudas, etcétera).

Dicho todo lo anterior tanto si donas como si dejas en herencia una propiedad ese bien es privativo y por lo tanto pertenece sólo a esa persona.

Hacer frente a la carga fiscal de la propiedad

Una vez hemos aclarado las diferencias entre una donación y una herencia, debemos hablar de la carga fiscal de la propiedad cedida o donada.

Aunque sea una donación gratuita, no quita que haya que tributar por ella. Además, también se debe tener en cuenta que no se puede donar aquello que perjudique los derechos de los herederos por imperativo legal. ¡Ojo a esto, ya que la ley puede variar de una Comunidad a otra!

Por otro lado, el donatario debe declarar la propiedad cedida como tal y hacer frente a los impuestos y cargas que tenga el piso.

Una de estas cargas fiscales que se deben cumplir sí o sí es el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Este tributo legal corresponde a las Administraciones Autonómicas por lo que no es lo mismo pagar por una donación en Andalucía, que en Galicia o en Madrid.

Además de esta tasa también se debe hacer frente a la plusvalía del municipio donde está ubicada la vivienda.

Ambos impuestos deben pagarse en un plazo no posterior al mes una vez se ha ejecutado la escritura de la donación con la firma en el notario.

En el caso de que la vivienda esté localizada en regiones que tienen una normativa legal diferente como la foral hay que tenerla presente y cumplirla.

Otros trámites que se deben tener en cuenta son los pagos al notario por el escriturado y el gasto ocasionado por el cambio de propietario en el Registro de la Propiedad.

Recomendaciones y pasos a seguir para realizar una donación de una propiedad

Los expertos recomiendan varias cosas a tener en cuenta antes de hacer una donación.

La primera es calcular y comprobar todos los trámites legales e impuestos a pagar teniendo en consideración los factores como el lugar de ubicación de la vivienda y la residencia de sus dueños.

Esto es clave ya que las donaciones de propiedades se deben tributar en base a la normativa legal de la Comunidad Autónoma donde está localizada la propiedad donada.

Por ello, si se donan una o varias propiedades, igual compensa donar una propiedad, pero no todas.

El segundo consejo es acudir a un profesional que nos indique los pasos a realizar, así como nos ayude a calcular las cifras a pagar y nos aconseje sobre el valor que se dé a la propiedad.

Esto se debe a que la donación es parecida a la compraventa y produce aumento de patrimonio en el IRPF.

Es decir, se genera una plusvalía ante la que hay que responder ante Hacienda.

Por ello, se recomienda escriturar la vivienda con los valores reales y del catastro para evitar impagos derivados de la plusvalía del IRPF.

Además hay que tener presente factores como el grado de parentesco entre donantes y la edad de los mismos.

Y es que tanto en las donaciones como en las herencias estos aspectos pueden estar regulados de forma diferente por el Estado y las Comunidades Autónomas.

Esperamos que con estos consejos y recomendaciones sobre donar una vivienda a un hijo os hayan aclarado las dudas.

En caso contrario, desde INMO-GESTIÓN ponemos a vuestra disposición nuestro equipo de agentes inmobiliarios para que os ayuden a resolver cualquier pregunta o duda que tengáis sin ningún compromiso.

Además, como siempre os invitamos a leer nuestro blog inmobiliario en el que cada semana publicamos las noticias y artículos más relevantes del sector de la vivienda y del alquiler.

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